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Entra en vigor las restricción del 80 % del riego agrícola en Cataluña por la sequía

Agua
Cambio Climático
El Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC) ha declarado el estado de emergencia y también reduce el uso de agua en un 50 % a la ganadería y en un 25 % al ámbito industrial
Una persona pasea por el margen urbanizado del rio Llobregat en El Prat del Llobregat, este jueves. EFE/Quique García


02 February 2024

El Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC) ha publicado este viernes 2 de febrero la resolución que declara el estado de emergencia por sequía para seis millones de personas de Barcelona y Girona y que restringe el riego agrícola un 80 %.

Las nuevas medidas afectan a los 202 municipios del sistema Ter Llobregat, que abastece el área metropolitana de Barcelona y parte de Girona.

Este sistema, el mayor de Cataluña, entra en una fase de emergencia en la que ya están desde hace tiempo el acuífero del Fluvià Muga (Girona), el embalse de Darnius Boadella (Girona) y el de Riudecanyes (Tarragona), con lo que, en total, son 239 municipios los afectados.

La fase de emergencia es la más grave de todas y tiene tres estadios: en el primero (el actual, con el sistema Ter-Llobregat por debajo de 100 hectómetros cúbicos de reservas), las dotaciones de agua máxima se reducen a 200 litros por día y habitante para todos los usos (comercial, industrial, lúdico o personal).

En los futuros estadios dos (67 hm3) y tres (33 hm3), descienden a 180 y 160 litros, respectivamente, al tiempo que se incrementan otras restricciones.

Las dotaciones máximas son medias de todos los consumos y, si se supera el umbral, los municipios deben aplicar medidas para bajar el consumo

Dentro de cada hogar no hay una restricción concreta, pero la recomendación es seguir ahorrando todo lo posible y tratar de que el consumo no supere los 90 litros por habitante y día.

En la fase I de emergencia, se reduce en un 80 % el riego agrícola, en un 50 % el de ganadería y en un 25 % el industrial, el mismo porcentaje que se aplica para usos recreativos.

Queda prohibida la limpieza de espacios urbanos con agua potable y lavar el coche por el mismo sistema (solo en establecimientos acreditados que tengan recirculación de agua).

No se pueden llenar total o parcial de todo tipo de piscinas con agua dulce, lo que incluye las de los hoteles y cámpines, aunque sí pueden con salada.

Tampoco está permitido el uso de agua para el riego de jardines y zonas verdes, tanto privadas como públicas, excepto si es para la supervivencia del arbolado o jardines botánicos públicos siempre que se haga con aguas regeneradas o freáticas, como ya hace el Ayuntamiento de Barcelona, entre otros municipios.

En campos deportivos de césped para la práctica del deporte federado, como campos de fútbol, solo se puede regar si se emplea agua regenerada o freática y si no supone una reducción de la disponibilidad de agua para el abastecimiento domiciliario, compensándolo con otras restricciones, como limitando duchas.

Las duchas de las playas siguen cerradas y también están prohibidos actos lúdicos, públicos o privados, que comporten la utilización de agua susceptible de ser apta para el consumo humano, como pistas de hielo, fiestas de espuma o juegos de agua.

Las fuentes ornamentales o lagos artificiales no se pueden llenar ni total ni parcialmente, salvo si en ellos hay fauna en peligro de extinción, para lo que se usará la mínima agua indispensable procedente de regeneración o capa freática.

La resolución del DOGC también declara que el Consorcio de Aguas de Tarragona sale del estado de alerta y pasa a prealerta, porque ha mejorado la situación.