7 min

El Real Decreto de Nutrición Sostenible de Suelos: una norma para agricultores y ganaderos

Herramientas Digitales
Suelo
Este 2023 ha llegado con importantes cambios, entre ellos la implantación del cuaderno de campo digital y la obligatoriedad de comunicar a la Administración una descripción a la aportación de nutrientes en la finca
En el año 2023 se aplica la nueva PAC, entra en vigor el cuaderno de campo y se establecen obligaciones para la aplicación de fertilizantes.

  • Manuel Lainez Andrés ha sido nombrado director de Innovación y Desarrollo Agroalimentario y director de la Fundación Grupo Cajamar
    Manuel Lainez Andrés
    Director de Innovación y Desarrollo Agroalimentario y Director de la Fundación Grupo Cajamar

27 March 2023

Introducción

El 2023 es un año de importantes cambios regulatorios para el sector agrario: ha entrado en vigor la nueva PAC, modificando el marco general de percepción de las ayudas y se pone en marcha el cuaderno de campo, obligando a los agricultores a anotar y comunicar a la administración muchas de sus actividades. 

Con él, ha entrado en vigor el Real Decreto de nutrición sostenible de suelos, que implica obligaciones para los agricultores y los ganaderos. Vamos a centrar la atención en la normativa sobre la nutrición sostenible de suelos. 

Figura 1. En el año 2023 se aplica la nueva PAC, entra en vigor el cuaderno de campo y se establecen obligaciones para la aplicación de fertilizantes.

Figura 1. En el año 2023 se aplica la nueva PAC, entra en vigor el cuaderno de campo y se establecen obligaciones para la aplicación de fertilizantes. 

Las obligaciones para los agricultores: registro en el cuaderno de campo

A partir del 1 de enero de 2024, los agricultores tendrán que anotar en el cuaderno de campo cualquier aportación de nutrientes que realicen en sus parcelas

Así, se consideran nutrientes los fertilizantes al estiércol sólido, el purín o cualquier otro abono orgánico. Se aplica tanto las enmiendas, orgánicas o cálcicas, el abonado de fondo, el de cobertera y la fertirrigación. 

Además de anotar la forma de aplicar esos nutrientes, el agricultor debe reflejar el valor agronómico del material utilizado, y específicamente el nitrógeno total, el orgánico, el ureico, y el amoniacal; el fósforo total, y soluble en agua; y el potasio. 

También hay que incorporar la información de la dosis por hectárea, el contenido en metales del producto y, en fertiirrigación, el volumen de agua aplicado

Las obligaciones para los agricultores: el Plan de Abonado

Como complemento a esta información, el agricultor tendrá que disponer, a partir del 1 de octubre de 2024, de un plan especifico de abonado para cada unidad de producción. Solo quedan exceptuadas de esta obligación las unidades de producción de secano, o de pastos, con menos de 10 hectáreas.

Para hacer esos planes de abonado es necesario conocer las características y el contenido en nutrientes de los suelos

La información puede venir de mapas o registros provinciales, cuando los haya, o de análisis de suelos. El agricultor deberá conocer los niveles de N, P2O5, K2O y materia orgánica, así como la presencia de metales contaminantes. En dos artículos previos de esta serie se ha descrito tanto la metodología de la toma de muestras como la utilización de herramientas

Figura 2. Los agricultores deberán contar, a partir del 1 de octubre de 2024 con un Plan de abonado para cada una de sus parcelas.

Figura 2. Los agricultores deberán contar, a partir del 1 de octubre de 2024 con un Plan de abonado para cada una de sus parcelas.

 

Las necesidades de abonado a recoger en los planes de abonado se establecerán, por los técnicos o con el apoyo de herramientas de fertilización, teniendo en cuenta el contenido en nutrientes del suelo y del agua de riego en su caso, las extracciones de cada cultivo y las características de los materiales utilizados como fertilizantes. 

El contenido en nutrientes de los fertilizantes inorgánicos viene establecido para cada uno de los productos comerciales que se ponen en el mercado. 

En el caso de los fertilizantes orgánicos también están definidos cuando proceden de un productor especializado. Sin embargo, no suele ser el caso en los purines o estiércoles que proceden directamente de las granjas.

Las obligaciones para los ganaderos: informar del valor agronómico

En una encuesta reciente, realizado en el marco del Proyecto +Campo, comprobábamos que el 86 % de los ganaderos aplican purines y estiércoles en sus propias fincas. 

Además, el 68 % de los agricultores consultados manifiestan aplicar este tipo de productos como fertilizantes en alguna de sus parcelas. Unos y otros deberán tener en consideración el contenido en nitrógeno y fósforo de esos abonos orgánicos a la hora de incluirlos en sus Planes de abonado o de aplicarlos.

En concreto, la norma establece que cuando un ganadero suministre el estiércol, o el purín de su explotación a un tercero deberá acompañar el producto con un documento en el que le informe sobre su calidad agronómica

Esa información puede venir de un boletín analítico o de un documento generado por una herramienta de cálculo de contenido basado en conductimetría u otras tecnologías. 

Figura 3. Los ganaderos que entreguen su purín o estiércol a un agricultor, para su uso como fertilizante, deberán acompañarlo con un informe de valor agronómico

Figura 3. Los ganaderos que entreguen su purín o estiércol a un agricultor, para su uso como fertilizante, deberán acompañarlo con un informe de valor agronómico.

 

Ese informe de calidad agronómica debe contener la información de la explotación ganadera de origen, la especie animal de la que procede y sus características. Estas incluirán, como mínimo, los contenidos en nutrientes (N, P2O5, K2O) y la materia orgánica, en los estiércoles sólidos. En este contexto, se obliga a las granjas que generen más de 1.000 m3/año a realizar una analítica al año y una cada seis meses si se superan los 10.000 m3 / año.

Los objetivos del Real Decreto

La norma pretende un conjunto de objetivos de carácter general y estratégico para avanzar hacia la sostenibilidad ambiental de nuestra agricultura. En concreto se indican los siguientes:  

  • Gestionar de manera sostenible de la nutrición de los cultivos, 
  • Incrementar de forma sostenible la producción agroalimentaria, 
  • Incrementar la materia orgánica de los suelos
  • Luchar contra el cambio climático: reducción de Gases de Efecto Invernadero (GEI), secuestro de carbono y resiliencia de los suelos
  • Reducir emisiones de otros gases contaminantes, en especial el amoniaco
  • Evitar la contaminación de las aguas
  • Preservar y mejorar la biodiversidad edáfica autóctona de los suelos agrarios
  • Evitar la acumulación de metales pesados y otros contaminantes
  • Preservar la biodiversidad ligada a los suelos agrarios

Otras obligaciones del Real Decreto

Para conseguir estos objetivos, el Real Decreto incorpora diferentes requisitos y exigencias a los que haremos referencia a continuación de manera resumida: 

  • Se prohíbe la aplicación de fertilizantes en determinados momentos: suelos helados, previsión de lluvias abundantes, topografías que provoquen escorrentía, o determinados momentos del año, según cultivos.
  • Obligación de mantener calibradas abonadoras y aperos.
  • Medidas para disminuir las emisiones de amoniaco y de gases de efecto invernadero, con atención específica a la aplicación de los materiales orgánicos y órgano-minerales y a los fertilizantes a base de urea.
  • Asesoramiento técnico obligatorio en las unidades de producción de zonas vulnerables a nitratos.
  • Contenidos máximo de metales pesados y otros contaminantes e impurezas. 
  • Prohibición del uso de plato, abanico y cañón en la aplicación de purines
  • Obligación de enterramiento de purines y estiércoles en las primeras 12 horas, mediante arado de vertedera, chísel o cultivador. 
  • Limitaciones de aplicación de purines y estiércoles:
    • Dos meses entre la aplicación y la cosecha o recolección. 
    • No entrar en contacto con las partes comestibles del cultivo. 
    • No se podrán aplicar a menos de cinco metros de las orillas de los ríos, lagos, masas de agua estancadas, etc.
  • Buenas prácticas en la utilización del agua de riego referentes a la fertilización
  • Obligación de contar con asesores en fertilización.
  • Procedimiento para reconocer programas informáticos de recomendaciones de abonado, por parte de las Administraciones.
Figura 4. La aplicación de fertilizantes, inorgánicos y orgánicos, está sometido a obligaciones tras la publicación del Real Decreto de Nutrición Sostenible de suelos.

Figura 4. La aplicación de fertilizantes, inorgánicos y orgánicos, está sometido a obligaciones tras la publicación del Real Decreto de Nutrición Sostenible de suelos.

La oferta de Plataforma Tierra

Plataforma Tierra pone a disposición de los agricultores y los ganaderos interesados sus herramientas de fertilización y riego para poder realizar los Planes de Abonado. 

Además, en las próximas semanas pondrá a disposición de los agricultores su cuaderno de explotación, CXTierra