6 min

Entre la ciencia y lo natural

Biotecnología
Tecnología de Alimentos
Científico trabajando con alimentos en un laboratorio

25 September 2023

El pasado 5 de julio la Comisión Europea publicó una propuesta de Reglamento sobre plantas obtenidas mediante nuevas técnicas genómicas y sus alimentos y piensos por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/62. Esta propuesta deberá pasar todo el correspondiente proceso de aprobación, pero ya supone un paso adelante que abrirá caminos para la utilización de las más avanzadas biotecnologías.

La naturaleza de forma natural produce mutaciones y genera constantemente nuevas variedades y especies. Pero, mediante procesos dirigidos por el hombre, estos procesos de modificación pueden acelerarse mediante cruzamientos intencionados y orientados; es la mejora genética clásica

Sin embargo, el desarrollo de diferentes técnicas genómicas permite obtener nuevos organismos modificados genéticamente, a los que hemos llamado OGM, organismos que incorporan genes procedentes de otra especie. 

Su obtención no está exenta de riesgos. Por ello, se han establecido controles científicos rigorosos y dilatados en el tiempo para garantizar que el nuevo producto obtenido no genere disfunciones ni impactos más allá de los propios de la especie y variedad original. 

La Unión Europea ha sido especialmente prudente ante las posibilidades de transformación genética que los nuevos desarrollos científicos y tecnológicos ofrecían. Un elemento de riesgo en los procesos de transformación genética es la relativa aleatoriedad en las obtenciones asociadas a la utilización de las primeras técnicas desarrolladas de transformación genética. Sin embargo, el desarrollo de nuevas técnicas genómicas (en inglés NGT) ha abierto las puertas a desarrollos mucho más precisos, más rápidos y, en consecuencia, más seguros. 

Entre estas técnicas destacan las conocidas como ‘edición genética’ o técnica CRISPR (Clustered Regularly Interspaced Short Palindromic Repeats). La edición genética actúa exclusivamente sobre un determinado gen, ya sea insertándolo, eliminándolo o sustituyéndolo por otro.

Hasta ahora, la legislación europea identificaba los productos derivados de la edición genética como equivalentes a OGM. La nueva propuesta de Reglamento trata precisamente de modificar esta equiparación entre las distintas tecnologías, distinguiendo de modo separado las primeras tecnologías de transformación y la edición genética. Ello permitirá reducir el tiempo y los costes de estos desarrollos, abriendo también la posible incorporación de nuevos operadores empresariales o laboratorios. 

Hasta ahora, la complejidad del proceso de desarrollo de estos productos de transformación genética limitaba su participación solamente a gigantes empresariales. De alguna manera, esta propuesta de Reglamento agiliza la producción de nuevos organismos de interés, pero, a su vez, democratiza su desarrollo

Además, con la aprobación del Reglamento la UE se equipararía a la mayoría de los países del área occidental y de América latina, un diferencial que suponía hasta ahora un hándicap competitivo. Incluso con algún sinsentido tal como aceptar la importación de productos transgénicos que no se podían producir en la UE.

No le faltan argumentos a la Unión Europea para abogar por la prudencia. Frivolidades en transformación genética podría generar dinámicas de aprendiz de brujo. No se trata de modificar reglamentos de seguridad por criterios meramente económicos y de competitividad, pero tampoco se trata de huir de las oportunidades cuando la seguridad queda suficientemente garantizada a partir de los datos proporcionados por estudios científicos que claman desde años por la modificación que ahora se propone. 

Lidiar con la complejidad del desarrollo de un nuevo producto biológico en el contexto de las altas –y deseables– exigencias de seguridad alimentaria de la sociedad actual es tarea en manos de científicos y tecnólogos cualificados, controlados por los mecanismos propios del poder político democrático.

La mejor justificación para avanzar en los desarrollos genómicos la ofrece la propia propuesta de Reglamento: “El cambio climático y la pérdida de biodiversidad han puesto el foco en la resiliencia a largo plazo de la cadena alimentaria y la necesidad de hacer la transición hacia una agricultura y sistemas alimentarios más sostenibles. La estrategia ‘De la Granja a la Mesa’ del Pacto Verde Europeo identifica específicamente nuevas técnicas, incluida la biotecnología, que son seguras para los consumidores y el medio ambiente y aportan beneficios a la sociedad en su conjunto, como una posible herramienta para aumentar la sostenibilidad de los sistemas agroalimentarios y contribuir a garantizar la seguridad alimentaria. Las NGT se aplican a una gama mucho más amplia de especies de cultivos que las técnicas genómicas establecidas y pueden contribuir, por ejemplo, a reducir la dependencia de la Unión de las importaciones de proteínas vegetales”.

Efectivamente, las NGT son herramientas para la sostenibilidad. Las plagas, las enfermedades, la sequía, la calidad de los frutos, la adaptación de los cultivos a las nuevas condiciones propiciadas por el cambio climático, todas estas incidencias afectan a la producción en un escenario con crecientes tensiones oferta-demanda alimentaria. Los NGT ofrecen alternativas que evitan el uso de biocidas u otros inputs potencialmente contaminantes. 

José Miguel Mulet cita algunos ejemplos de desarrollos de la genómica tales como patatas que reducen las magulladuras y la oxidación, soja china adaptada a terrenos de baja latitud, plátanos de Filipinas que maduran pero que no se ponen marrones, tomates japoneses que reducen la presión arterial y se venden en farmacias.

Sin embargo, a pesar de las evidencias de seguridad alimentaria y el dilatado periodo con presencia de plantas transgénicas, las reticencias ante estos nuevos desarrollos de la genómica son muy elevados. Desde argumentos ecologistas se ha retrasado la aplicación de estas tecnologías. Se objeta su desarrollo por su alejamiento de las dinámicas naturales y los riesgos aparejados que conlleva. 

Efectivamente, la naturaleza es rica y generosa pero compleja y contradictoria. El hombre ha aprendido a domesticarla, con una agricultura cada vez más tecnificada y, de este modo, ha conseguido alimentar cada vez a más personas, de forma más segura y cómoda. Pero ello se ha realizado mediante distintas y progresivas aproximaciones, a través de opciones contradictorias, donde los beneficios eran posibles, pero siempre aparejados a riesgos que han debido controlarse. El proceso hacia una producción más sostenible debe incorporar la complejidad y los datos en la ecuación, excluyendo cualquier dogmatismo apriorístico

En el año 1800 la esperanza de vida estimada era de 31 años. En 2023, en España es de 81,8 años para los hombres y 87 para las mujeres. Ello se ha conseguido aliándose con el conocimiento científico y sus desarrollos tecnológicos. Los conocimientos sobre higiene, las vacunas, los antibióticos, los desarrollos farmacéuticos y la genómica son las herramientas con los que hemos llegado hasta aquí, con extraordinarios avances en bienestar y salud

Un ejemplo emblemático en este sentido es el llamado arroz dorado. Este arroz es una variedad obtenida por ingeniería genética con la finalidad de mejorar la aportación de vitamina A en áreas donde la falta de esta vitamina provoca severos problemas de ceguera nocturna y mortalidad. 

A pesar del indudable valor sanitario de este arroz, la oposición de movimientos ecologistas, entre ellos Greenpeace, frenó durante años su comercialización. Ante esta oposición a un recurso alimentario que podía salvar a miles de personas de la muerte o la enfermedad, un grupo de 109 premios Nobel firmaron en el año 2020 un manifiesto donde defendían la autorización de la producción de este arroz diciendo: "La oposición basada en las emociones y el dogma y contradicha por los datos tiene que acabarse".

 La Unión Europea parece que quiere atender este consejo.

Descarga de responsabilidad:

Plataforma Tierra se exime de cualquier tipo de responsabilidad derivada del contenido publicado en el presente espacio web por sus respectivos autores. Los respectivos autores firmantes del contenido publicado en este espacio web son los exclusivos responsables del mismo, de su alcance y efectos, los cuales garantizan que dicho contenido no es contrario a la ley, la moral y al orden público, y que no infringen derechos de propiedad intelectual.